Balance de los últimos cinco años del tratado de libre comercio entre Colombia y la Unión Europea en materia de derechos ambientales

El siguiente informe se presenta como un documento de balance del cumplimiento de las disposiciones de protección ambiental de los últimos cinco años del Acuerdo Comercial entre la UE y Colombia (en adelante AC), que entró en vigor el 1 de agosto de 2013.

Este acuerdo no solamente tiene objetivos comerciales y de inversión, sino que pertenece a la «nueva generación» de acuerdos comerciales de la UE que se centran en el desarrollo sostenible de los países socios y la inclusión de aspectos ambientales en el texto del acuerdo.

Para organizar este resumen se presenta la información dividida en tres grandes bloques: el primero relacionado con las obligaciones ambientales adquiridas por Colombia, el segundo con los mecanismos de evaluación y seguimiento de los compromisos y, finalmente, los resultados del acuerdo en materia de derechos ambientales.

1. Obligaciones ambientales adquiridas por Colombia

En marzo de 2011 y febrero de 2012, más de 200 organizaciones y sectores negociadores nacionales e internacionales resaltaron los graves efectos socioeconómicos y ambientales negativos de los acuerdos comerciales.

En ese contexto, antes de la aprobación del AC, el Parlamento Europeo pidió a Colombia «que garantice la elaboración de una hoja de ruta, trasparente y vinculante, sobre derechos humanos, medioambientales y laborales» y presentar «planes de acción para un desarrollo sostenible». Los planes fueron entregados en octubre de 2012.

De esta manera, las partes acordaron trabajar en el marco de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, la Agenda 21 adoptada por la Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, los Objetivos de Desarrollo de Milenio, la Declaración de Johannesburgo sobre Desarrollo Sostenible y su Plan de Implementación.

Por esto, se fijaron los siguientes objetivos ambientales generales (AC, art. 267.2):

  • Promover el diálogo y la cooperación entre las partes con miras a facilitar la aplicación de las disposiciones y fortalecer las relaciones entre comercio y prácticas ambientales.
  • Fortalecer el cumplimiento de la legislación ambiental, así como de los compromisos derivados de los Convenios y Tratados aceptados, para favorecer el desarrollo sostenible.
  • Fortalecer el papel del comercio y la política comercial en la promoción de la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica y de los recursos naturales.
  • Promover la participación pública en estos asuntos.

 

2. Mecanismos nacionales y europeos de seguimiento a la aplicación del AC.

 Para hacer seguimiento al AC se creó un Comité de Comercio compuesto por representantes de la UE y de cada país andino signatario. También se instalaron órganos especializados para evaluar su aplicación, que en materia ambiental es el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible, en adelante el Subcomité.

El Subcomité se reúne anualmente para presentar y analizar estrategias y avances. En tanto, la Comisión Europea desde el año 2016 ha realizado cuatro informes anuales que presenta ante el Parlamento Europeo.

Igualmente, desde el año 2017, el Gobierno colombiano presenta informes sobre el desarrollo, avance y consolidación de los Acuerdos Comerciales vigentes en Colombia, dentro de los cuales hay un capítulo especial sobre el AC con la UE. Estos son presentados anualmente en sesión formal de las Comisiones Segundas Conjuntas de Senado y Cámara de Representantes, y compartidos con la ciudadanía, gremios y sindicatos de trabajadores de los distintos sectores económicos que se encuentran en los TLC suscritos por Colombia. 

3. Derechos ambientales en el marco del cumplimiento del TLC 

Es importante señalar que en materia comercial se ha dado la diversificación de los mercados y fomentado la participación de nuevos actores económicos relacionados con los sectores de exportación. En los tres informes correspondientes al año 2018, 2019 y 2020, se presentaron los avances de la aplicación del TLC, sin embargo, no dan cabida para evaluar sus impactos socioambientales ni el cumplimiento de los compromisos para lograr el desarrollo sostenible.

Por otro lado, en los informes anuales de la Comisión Europea sobre las diferentes reuniones del Subcomité se han realizado observaciones a Colombia en torno al cumplimiento de los acuerdos.

En su segundo informe anual, de 2015, el órgano destaca que Colombia ha promovido su Plan Nacional de Desarrollo, que incorpora estrategias para el crecimiento ecológico, su Plan Nacional de Negocios Verdes, y su política sobre contratación pública sostenible.

El documento recoge que el interés de la UE en la reunión del Subcomité estuvo centrado en informar sobre el desarrollo de una nueva política transversal sobre economía circular, los cambios en la CITES y el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, “la perspectiva de un plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres y la revisión del Plan de Acción de la UE sobre la aplicación de leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT).”

Igualmente, abordó el tema de la responsabilidad social de las empresas, bajo el cual la UE destacó su apoyo al trabajo de la OCDE sobre esta cuestión, en particular en los sectores textiles y los minerales.

Reportó como otras actividades, la realización de un evento sobre comercio y desarrollo sostenible con la Cámara de Comercio de Bogotá, el 18 de junio de 2015, en la que participaron más de 400 personas. En este acto, se discutieron temas como las energías renovables, las indicaciones geográficas, la facilitación del comercio, el comercio justo y la certificación ecológica.

El tercer informe anual, de 2016, destacó la evolución en el marco de los AMUMA, así como las medidas para aplicar los compromisos del Acuerdo de París.

Con relación a la Conferencia de las Partes en el CITES, la UE alentó a Colombia a que cumpliera sus compromisos relativos a unos mecanismos de control sólidos para el comercio de pieles de cocodrilos y caimanes.

Además, documentó que “sigue habiendo problemas tanto en cuestiones relativas al trabajo como al medio ambiente y se requieren esfuerzos adicionales, como actividades de cooperación, para apoyar la aplicación de este capítulo.”

En la evaluación de la aplicación de 2018, el organismo europeo indagó si la implementación del AC significó un retroceso progresivo de la legislación ambiental en Colombia, contrastándolo con las políticas gubernamentales en materia de lucha contra el cambio climático, la suscripción del Convenio de Minamata y la prohibición del mercurio en la minería aurífera, la falta de cumplimiento del Estado y las empresas de las obligaciones derivadas del Convenio 169 de la OIT (debido a, entre otras cosas, la falta de una Ley estatutaria sobre consulta previa; la débil intervención estatal; la falta de una cartografía sistematizada sobre comunidades étnicas; la desconfianza entre las partes; la aparición de nuevas comunidades; la falta de criterios para definir las medidas compensatorias; y, el conflicto armado).

Sobre la conservación de los recursos renovables y no renovables, este informe resaltó que no se había puesto en conocimiento al Subcomité sobre la “flexibilización abusiva de las autorizaciones de explotación minero-energética, incluso en zonas de especial protección como páramos o territorios ancestrales”, así como el “incumplimiento sistemático del Estado colombiano de su obligación constitucional de exigir la realización del procedimiento de consulta y consentimiento -con rigor y sin manipulación- a las poblaciones indígenas o afro-descendientes”.

Adicionalmente, sostuvo el informe que “este panorama parece insinuar una posible relación entre IED (Inversión Extranjera Directa) y conflictividad ambiental, y que existe una relación directa entre IED en el sector minero-energético y TLC.”

El último quinquenio de implementación del AC en Colombia ha estado caracterizado por la agudización de los conflictos socioambientales, en particular, entre las comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas frente al apoyo gubernamental de una política pública de relajamiento ambiental.

Según el Atlas de Justicia Ambiental, en el período 2016-2020, Colombia se ha posicionado como uno de los primeros lugares en América Latina con más conflictos socioambientales. A 2020, Colombia es el sexto país con más conflictos de este carácter, con una cifra que asciende a 129 asesinatos de defensores de derechos humanos ambientales. Asimismo, en muchos casos, persisten los responsables en una total impunidad.

 

Otros problemas

El arduo proceso de ratificación del Acuerdo de Escazú. Pese a que el 11 de diciembre de 2019, el Gobierno colombiano firmó el acuerdo y en julio de 2020 presentó el proyecto de ley ante el Congreso de la República, a la fecha Colombia no ha ratificado el Acuerdo de Escazú.

Este tratado cuenta con el apoyo de ambientalistas, académicos, grupos étnicos, campesinos y más de 150 organizaciones, así como de la UE, al constituir el primer tratado en América Latina en promover la transparencia, el acceso a la información ambiental oportuna y a la justicia en asuntos ambientales, la participación ambiental así como la protección de los defensores y líderes ambientales.

 Deforestación. Las estrategias desarrolladas por el Gobierno colombiano para abordar la deforestación se caracterizaron por ser mayoritariamente coercitivas, enfocadas en la persecución de los delitos ambientales y en planes de choque para responder a las alertas de deforestación, quedando en deuda con las comunidades indígenas y campesinas que habitan y usan sosteniblemente los bosques de la Amazonía.

Pese a estos programas, en el año 2017 el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) reportó una pérdida total de bosque natural de 219.973 hectáreas, un 23.17% mayor que en el año 2016, con una concentración del 65% en la Amazonía.

En el año 2018, con el mandato del presidente Iván Duque se creó el Consejo Nacional de Lucha contra la Deforestación, siguiendo la misma línea de programas coercitivos. En ese contexto, el Ministerio de Ambiente celebró la reducción de la cifra de deforestación en 197.159 hectáreas, una reducción del 10% en comparación con el año 2017; sin embargo, sectores de la sociedad civil resaltaron que dicha cifra aún era insuficiente.

 

Incumplimiento de fallos judiciales orientados a la restauración y conservación de ecosistemas.

En el quinquenio de 2016 a 2020, la justicia colombiana declaró a diferentes ecosistemas, entre ellos ríos y nevados, como sujetos de derechos con el objeto de frenar su deterioro, como parte de un litigio estratégico de la sociedad civil.

Pese a que estas órdenes involucran la aplicación de la legislación ambiental vigente en Colombia, la conservación de la biodiversidad, la reducción de la deforestación así como la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, las autoridades responsables de garantizar la conservación de estos ecosistemas no han cumplido diligentemente con lo ordenado.

Tal situación se ejemplifica con el pronunciamiento de la oenegé Dejusticia, el cual asegura que 30 meses después de la decisión judicial, ninguna de las cinco órdenes de la sentencia ha tenido un cumplimiento alto.

Del déficit de participación ambiental en el sector minero energético en Colombia. Este sector en particular es el que más retos tiene en términos de sostenibilidad, pues sus prácticas son altamente invasivas y contaminantes, mientras que es parte importante del comercio con la UE.

Durante el quinquenio analizado, se presentaron múltiples conflictos socioambientales relacionados con la imposición de proyectos extractivos relativos al sector minero-energético, en particular, en razón a que el Estado colombiano dispuso de su soberanía sobre los recursos naturales en el subsuelo otorgando concesiones mineras de forma desmedida desde el año 2002 sin ningún tipo de control, sin considerar los derechos ambientales de las comunidades locales y la afectación de ecosistemas clave o el ordenamiento tradicional.

Además, a través de diferentes artimañas dejó sin un mecanismo de participación a importantes sectores de las comunidades locales, quienes se vieron envueltos, en lo sucesivo, en el desmonte paulatino de las Consultas Populares.

Productos “no minero energéticos”. El crecimiento de estos sectores ha generado e intensificado conflictos socioambientales en Colombia, entre ellos los de Palma de aceite, aguacate y pesca ilegal.

Cambio Climático y Transición Energética. Se trata de un gran desafío que, sin dudas, requiere la intervención del Gobierno para adopción de medidas a corto, mediano y largo plazo, especialmente, tras las falencias demostradas en cuanto a mitigación y adaptación tras el paso del huracán Iota por la isla de San Andrés y Providencia en el año 2020. 

Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas. Se evidencia falta de protección al conocimiento tradicional y a la consulta previa. La OIT ha expuesto una serie de dificultades en la implementación de los procesos de consulta previa de los pueblos étnicos en Colombia por parte del Estado y de las empresas, entre ellos, especificó la falta de una Ley Estatutaria sobre Consulta Previa, una débil intervención estatal, la falta de una cartografía sistematizada sobre comunidades étnicas; la desconfianza entre las partes; la falta de criterios para definir las medidas compensatorias, y el conflicto armado.

Por otro lado, no existen garantías para el ejercicio de la defensa de los derechos territoriales: entre el año 2016 y febrero de 2020 han sido asesinados más de 300 indígenas del país, vinculados con la defensa de los derechos territoriales y formas de vida colectivas; más de 85 masacres cometidas en el 2020 y seis masacres en lo corrido del 2021 generan terror en todo el mundo rural. Esto no es una realidad exclusiva de las comunidades indígenas. También en 2020, cinco líderes ambientales fueron asesinados en el país.

Uso sostenible de diversidad biológica. El Gobierno colombiano se ha centrado en explotar el potencial económico inserto en sus Planes de Conservación de la Biodiversidad, y abandonando su protección y conservación integral. Para ejemplificar lo anterior, el Gobierno colombiano, en el quinquenio analizado, mantuvo a la baja el presupuesto para el funcionamiento del sector ambiental, lo cual dificulta la conservación ambiental y la biodiversidad.

Por otro lado, a la fecha, el programa de delimitación de los ecosistemas de páramo no ha sido completado, y en muchos casos, ha sido duramente criticado por la sociedad civil por excluir importantes zonas de este ecosistema, dificultando su conservación.

Sin duda, Colombia tiene un número importante de políticas, estrategias, planes y programas para la conservación y uso sostenible del ambiente, sin embargo, en la práctica hay altos índices de pérdida de recursos naturales, aumento e intensificación de conflictos socio ambientales, así como incremento de la vulneración de las personas y comunidades que defienden causas ambientales, muchas veces en territorios apetecidos por sectores que participan de la oferta exportado de Colombia a la UE.

Podemos concluir que los resultados prometidos producto de la implementación del AC no se han visto cumplidos, entre ellos los relacionados con la protección medioambiental.

Informe 

Balance TLC UE – DAmbientales

Informe Ingles

English – Resumen ejecutivo TLC DAmbientales

Resumen Ejecutivo

Resumen ejecutivo B. TLC DAmbientales

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